Apuntarse al paro
La vida laboral bajo la luz de la pandemia actual por el virus Covid-19 es incierta. A pesar de poseer una estabilidad laboral, cualquier trabajador puede enfrentar una situación de desempleo. Esto lo obligará a solicitar una prestación de desempleo, inscribirse como demandante de empleo y seguir los pasos necesarios para Apuntarse al Paro. Elemento esencial para recibir su ayuda económica por desempleado.
Apuntarse al paro en el Servicio Público de Empleo Estatal (SEPE), es una opción con la que cuentan los trabajadores de España. Tanto para aquellos que son desempleados de larga duración o los que perdieron su empleo recientemente.
En los actuales momentos donde España ha adoptado a partir de octubre 2020 una serie de nuevas medidas restrictivas sobre la actividad comercial. Apuntarse al paro, es la mejor opción con la que cuentan los desempleados para poder solicitar los subsidios por desempleo correspondientes.
Como consecuencia del nuevo brote por el virus Covid-19, las empresas se han visto obligadas a reestructurar sus nóminas. Así mismo algunos de sus empleados han debido solicitar las prestaciones por desempleo.
Ante esto, el SEPE es el organismo estatal encardado de ayudar en la búsqueda de empleo. Para ello, los trabajadores desempleados deben acudir ante este organismo para poder realizar el trámite correspondiente a su inscripción.
Un aspecto importante a tener en cuenta es que para obtener la prestación por desempleo, el trabajador no debe haber solicitado el retiro (renuncia). Este beneficio solo aplica en caso de despido o culminación de contrato.
Así mismo, para poder apuntarse al paro, el trabajador desempleado deberá haber cotizado ante el Seguro Social como mínimo 12 meses de trabajo.
Para apuntarse al paro se necesita inscribirse en el Servicio Público de Empleo Estatal (SEPE). Esto es obligatorio para poder solicitar la prestación por desempleo o el subsidio extraordinario de desempleo.
Si el contrato laboral ha expirado o el trabajador fue despedido, es necesario que se inscriba como demandante de empleo. Este trámite es obligatorio si la persona desea recibir prestaciones o subsidios.
Del mismo modo, es necesario que la persona esté inscrita y cotizando en la seguridad social.
Para ser demandante de empleo en el Servicio Público de Empleo Estatal (SEPE) y apuntarse al paro hay que seguir un procedimiento específico.
Este trámite se realiza ante el Servicio Autónomo de Empleo (SAE) y puede ser en alguna de las cuatro modalidades que se describen:
- En la oficina de prestaciones (presencial).
- En la página web (online)
- En cualquier oficina de registro público
- Por correo administrativo
La modalidad presencial requiere de una cita previa. Debe presentarse a la sede del Servicio Autónomo de Empleo (SAE) el día asignado, tomar turno y esperar atención en el módulo correspondiente a inscripciones.
Luego de presentados los recaudos necesarios el funcionario correspondiente realiza una pequeña entrevista. Ésta relacionada con los datos tanto laborales como personales, el tipo de empleo deseado y la disponibilidad horaria y geográfica.
Terminado este proceso se recibe la tarjeta de paro o DARDE. Esta tarjeta debe ser sellada cada 3 meses ante la oficina del Servicio Público de Empleo Estatal (SEPE). Otra manera de sellar es vía internet. Lo importante es no dejar de sellarla para no caer en sanciones como la pérdida de un mes de prestación por desempleo.
La modalidad online se realiza accediendo a la sede electrónica del Servicio Público de Empleo Estatal (SEPE). Para ello se necesita DNI electrónico y certificado digital. El SEPE se encarga de facilitar por la misma vía un manual explicativo del proceso.
Para apuntarse al paro se debe cumplir primero con las siguientes condiciones:
- Estar en situación legal de desempleo
- Haber cotizado al menos 365 días en la seguridad social. Sin embargo hay opciones para los que tienen menos cotizaciones.
- Haber terminado de manera involuntaria con la relación laboral (por despido o vencimiento de contrato). No debe haber renunciado.
Luego de cumplir con esas condiciones se debe acudir a la oficina del Servicio Autónomo de Empleo (SAE), solicitar cita y presentar los siguientes requisitos:
- DNI Vigente
- Tarjeta de Seguro Social
- Certificación de cuenta Bancaria (expedida por el banco donde posee cuenta)
- Certificado de empresa
- Certificaciones y Títulos Académicos
- Soportes de actividad laboral, acreditación de prácticas u otros relacionados (opcional)
- En el caso de los extranjeros debe presentar Pasaporte, NIE (Número de Identidad del Extranjero), permisos de residencia y de trabajo.
Apuntarse al paro no solo facilita obtener ayuda en la búsqueda de empleo. También permite acceder a los siguientes beneficios:
1. La prestación por desempleo
Depende de la cantidad de semanas que el trabajador hubiese cotizado ante la seguridad social. Por tanto, el tiempo de paro es proporcional a la cantidad de días cotizados. Mientras mayor es la cotización mayor es la duración del paro.
En caso de agotar los días de paro y no conseguir empleo se puede aplicar para el siguiente beneficio.
2. Subsidio por desempleo
El subsidio por desempleo es contributivo. Puede ser solicitado por aquellas personas que no hayan alcanzado la cotización mínima requerida (<365 días)
El subsidio por desempleo dependerá de dos elementos: los días cotizados y la cantidad de carga familiar.
3. Ayuda extraordinaria
Es una ayuda de larga duración para los desempleados. Se presenta en tres modalidades:
- RAI (Renta Activa de Inserción): ayuda de 426 euros mensuales y 11 meses de duración. Puede renovarse tres veces, lo que daría un total de 33 meses.Los requisitos para aplicar por esta ayuda son muy específicos. Es necesario ser un desempleado mayor de 45 años o poseer un grado de discapacidad mayor a 33%. También aplica para las personas que han sido víctima de violencia de género o emigrante retornado.
- Ayuda de Plan Prepara: es una ayuda para desempleados de larga duración (más de 12 meses). Se puede acceder a ésta ayuda luego de agotar la prestación por desempleo.Los requisitos para obtener esta ayuda son: tener 12 meses o más de haberse apuntado al paro. También es necesario dejar pasar 2 meses luego del vencimiento de la prestación por desempleo. Otro requisito, es no haber disfrutado anteriormente de esta ayuda.
- Renta Complementaria para Desempleados (RED): es una ayuda de 430 euros al mes para desempleados que no reciben ningún otro beneficio. Puede extenderse hasta por un lapso de 6 años.Los requisitos para este beneficio son: no recibir ninguna ayuda, renta o prestación; buscar empleo activamente y haber agotado todos los beneficios anteriormente descritos. Debe ser un desempleado de larga duración.
Ahora bien, este proceso de apuntarse al paro no solo trae beneficios, también conlleva una serie de obligaciones a cumplir.
Ante todo, es necesario dejar constancia de que realmente se está en la búsqueda activa de empleo. Esto se logra apuntándose a las ofertas de empleo y acudiendo a las entrevistas cuando se requiera. También puede acudir a los diversos cursos y talleres para desempleados que ofrece el Servicio Público de Empleo Estatal (SEPE).
En lo concerniente al monto a cobrar por concepto de prestación por desempleo, el mismo será notificado después de tramitar su inscripción.
Generalmente el trabajador recibe una carta informativa o notificación donde se le indica la fecha en la cual debe acudir a renovar. Así mismo se le informa el monto a cobrar y durante cuánto tiempo recibirá el subsidio.
El monto a cobrar dependerá en gran parte de la jornada laboral que cumplía el trabajador (parcial o completo)
Apuntarse al paro, es lo mismo que adquirir la tarjeta de demanda de empleo. Este documento acredita a la persona como desempleado en búsqueda activa de trabajo. La tarjeta contiene los datos de identificación y la fecha de renovación (cada tres meses)
Si la tarjeta no es renovada, se asume que la persona ya no está en búsqueda de empleo. La no renovación implica perder la condición de desempleado y por ende la prestación económica.
El plazo para apuntarse al paro lo decide el trabajador desempleado. Por tratarse de un servicio NO obligatorio, es él o la trabajadora quien decide cuando hacerlo. Claro está mientras más tiempo tarde en apuntarse al paro, más tardía será la asignación de prestación por desempleo.
Lo más recomendable es pedir la cita y entregar la documentación requerida en un lapso de 15 días hábiles desde que terminó la relación laboral. Sin embargo, el trabajador debe haber cumplido con 12 meses (365 días) de cotizaciones en la seguridad social.
Ahora bien, la solicitud puede ser presentada luego de los 15 días de haber terminado la relación laboral. Claro está, se pierden tantos días de prestación como demore la solicitud de apuntarse al paro.
Cada oficina del Servicio Autónomo de Empleo (SAE) maneja un horario de atención para las inscripciones. El interesado puede informarse a través de la página web o mediante contacto telefónico, cual es éste horario. Generalmente estas oficinas atienden este servicio desde las 8:30 hasta las 14:30 horas.
Puedes encontrar información de cada oficina a continuación:
Aragón: Instituto Aragonés de Empleo (INAEM)
Asturias: Trabajastur
Canarias: Servicio Canario de Empleo
Cantabria: Servicio Cántabro de Empleo
Castilla La Mancha: Sepecam
Castilla y León: Servicio Público de Empleo de Castilla y León
Cataluña: SOC Oficina de Treball
Ceuta: Servico Público de Empleo en Ceuta
Madrid: Portal de Empleo de la Comunidad de Madrid
Comunidad Valenciana: LABORA (antes SERVEF)
Extremadura: SEXPE
Galicia: Servico Público de Empleo de Galicia
Islas Baleares: SOIB
La Rioja: Servicio Riojano de Empleo
Melilla: Servicio Público de Empleo en Melilla
Navarra: Servicio Navarro de Empleo
País Vasco: Servicio Vasco de Empleo (Lanbide)
Murcia: Servicio Regional de empleo de la Región de Murcia